Con fecha 28 de julio de 2006 se publicó en el BOE el Real Decreto 919/2006 por el que se aprobaba el Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias (IGC de 01 a 11).
Acreditación: Alcance y campo de aplicación.
La Acreditación será para la puesta en gas de todos los aparatos de gas conducidos (aparatos de tipo B y C) de más de 24,4 kW de potencia útil.
Las puesta en gas se podrán realizar por instaladores con carne de instalador de aparatos a gas y siendo o estando en una empresa instaladora.
Si Ud. desea ser acreditado, por favor rellene el formulario que sigue a continuación y en breve recibirá las instrucciones para obtener la ACREDITACION y las normas para su renovación en el tiempo.
Es imprescindible que nos envíe (por correo ordinario, email o fax) copia de los siguientes documentos:
- Carnet de Instalador de aparatos a gas
- Nº de registro de la empresa instaladora de gas
- Copia del TC2 de la empresa instaladora
- Copia del seguro de responsabilidad civil
Correo postal:
Grupo Ferroli, dpto. Postventa
Avda. Italia, nº 2. (Edificio Ferroli)
28820 – Coslada
Madrid
Correo Electrónico: infogas@ferroli.es
Fax: 916708684